Arrepentimiento tras Ratificar el Convenio Regulador

Arrepentimiento tras Ratificar el Convenio Regulador

Hablamos de que hacer cuando surge el arrepentimiento tras ratificar el convenio regulador, cómo es el proceso para modificarlo, así como su coste aproximado. Recuerda que aunque el proceso de modificación siempre sea el mismo, los precios podrían variar con cada abogado.

Razones para modificar el convenio regulador

Son muchas parejas las que sufren el arrepentimiento tras ratificar el convenio regulador, o simplemente más que sufrir arrepentimiento, tienen la necesidad de hacer ciertos cambios en las medidas ya previamente establecidas.

Estos son algunos de los motivos por los que normalmente se suelen solicitar modificaciones en el convenio regulador.

1.- Por modificación de medidas respecto a un cambio de custodia.

2.- Por cambios que puedan afectar directamente al régimen de visitas de uno de los progenitores.

3.- Por alguna razón económica, en la que se necesite realizar cambios en la pensión de alimentos.

4.- Por necesidad de solicitar una pensión compensatoria por motivos de desequilibrio económico.

5.- Por necesidad de hacer una revisión sobre el uso de la vivienda familiar.

6.- Porque se dé la existencia de nuevos cambios en la ley.

¿Qué se puede modificar en el convenio regulador?

Los temas que son aptos para modificación son:

¿Cuándo se puede modificar el convenio regulador?

Se puede modificar tantas veces como sea necesario, teniendo en cuenta que siempre primarán las necesidades de los hijos a las necesidades de los cónyuges.

El procedimiento para la modificación de medidas del convenio regulador será diferente con relación a la vía por la que se haya optado para el trámite del divorcio.

» […]
Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el Juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges.
Las medidas que hubieran sido convenidas ante el Secretario judicial o en escritura pública podrán ser modificadas por un nuevo acuerdo, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código.»


Artículo 90.3 del Código Civil

Requisitos para modificar las medidas establecidas en el convenio regulador

A continuación os contamos una serie de requisitos que deben cumplirse para poder hacer efectiva la modificación de medidas del convenio regulador:

1.- Debe haber ocurrido un cambio o alguna alteración en las circunstancias posteriores a la resolución judicial.

2.- Que la alteración ocurrida sea sustancial. En caso de haber existido dicha alteración en el tiempo del trámite del divorcio, esta hubiera adoptado otra medida.

3.- La alteración debe ser permanente y no transitoria.

4.- La alteración debe ser imprevista, ajena a la voluntad de quien pretende la modificación.

5.- La alteración debe ser aprobada por el cónyuge que solicita la modificación.

6.- Siempre será necesario estar representado por un procurador y asistido por un letrado.

acuerdo modificar convenio regulador

Modificaciones de mutuo acuerdo

Si los ex-cónyuges están de acuerdo, la modificación se hará por los trámites de mutuo acuerdo con un nuevo convenio regulador.

En caso de que el convenio regulador haya sido aprobado por un letrado de la administración de justicia, o por un notario mediante escritura pública, la modificación se hará con los mismos requisitos y la misma tramitación que el anterior convenio.

Modificaciones sin acuerdos

Si no existe un acuerdo entre los cónyuges, será solamente uno de los cónyuges quien presente la solicitud, la cual deberá ser tramitada por la vía contenciosa. 

El procedimiento será por juicio verbal, y para ello será necesario presentar una demanda de modificación de medidas en el mismo juzgado en el que se tramitó el primero.

Ya sea de acuerdo mutuo o en desacuerdo, para proceder a la modificación de medidas, será siempre necesario tener representación legal con un abogado. También será necesaria la figura del procurador. 

¿Cuánto tarda la modificación de medidas?

No se puede predecir la duración del trámite de modificación de medidas de forma exacta, pero podemos generalizar y estimar un tiempo aproximado de entre cuatro y seis meses, en función del juzgado que podrá tardar más o menos tiempo.

El proceso comenzará con la demanda, la cual deberá admitirse a trámite. Una vez admitida deberá fijarse una fecha para la vista de modificación, y por último esperar la resolución judicial.

¿Cuánto se cobra por la modificación de medidas de un convenio regulador?

El precio para modificar el convenio regulador podrá variar basándose en el tipo de divorcio establecido. Si es un divorcio de mutuo acuerdo o es un divorcio contencioso.

Si se quiere modificar el convenio regulador de mutuo acuerdo, el coste suele estar entre los 300 euros y los 600 euros aproximadamente. Los costes del servicio prestado por el procurador van aparte.

En caso de que el divorcio haya sido por la vía contenciosa, o sin mutuo acuerdo, el coste puede estar rondando los 900 euros. 

Preguntas frecuentes (FAQS)

  • ¿Es posible anular o revocar el convenio regulador después de haber sido ratificado por un juez?

Sí, es posible solicitar la modificación del convenio regulador después de que haya sido ratificado por un juez. La Ley de Enjuiciamiento Civil española permite a las partes solicitar la modificación del convenio regulador en caso de que cambien las circunstancias que justificaron su aprobación inicial.

  • ¿Cuáles son las consecuencias legales de arrepentirse de un convenio regulador ratificado?

Arrepentirse del convenio regulador ratificado puede implicar la apertura de un nuevo proceso legal para modificar las medidas acordadas previamente. Se deberá presentar una solicitud ante el mismo tribunal que aprobó el convenio, y este evaluará los cambios propuestos.

  • ¿Necesito presentar alguna documentación adicional para solicitar la anulación del convenio regulador?

Sí, será necesario presentar una solicitud escrita en la que se justifiquen los cambios que se desean realizar en el convenio regulador. Además, puede ser necesario adjuntar documentos que respalden los nuevos argumentos presentados.

  • ¿En qué plazo debo presentar la solicitud de anulación después de haber sido ratificado el convenio?

En España, el plazo para solicitar la modificación del convenio regulador es de un año desde que se dictó la sentencia que lo aprobó. Pasado este plazo, será más complicado modificar las medidas acordadas.

  • ¿Es necesario contar con la aprobación del otro cónyuge para anular el convenio regulador?

No, no es necesario contar con la aprobación del otro cónyuge para solicitar la modificación del convenio regulador. Sin embargo, el tribunal evaluará si los cambios propuestos son razonables y están justificados.

  • Si anulo el convenio regulador, ¿qué sucede con las medidas que se establecieron en él, como la custodia de los hijos o la pensión alimenticia?

Si el convenio regulador se modifica o anula, las medidas establecidas en él dejarán de tener efecto. El tribunal deberá establecer nuevas medidas que se ajusten a las circunstancias actuales de las partes involucradas.

  • ¿Cómo afectará la anulación del convenio regulador a los trámites legales en curso?

La anulación o modificación del convenio regulador puede requerir un nuevo proceso legal para discutir las medidas que se deben adoptar. Esto puede alargar el proceso, y el tribunal deberá tomar una nueva decisión basada en los argumentos presentados.

  • ¿Tendré que enfrentar alguna penalización o sanción por haber cambiado de opinión después de haberlo firmado?

No se suele imponer ninguna penalización o sanción simplemente por cambiar de opinión sobre el convenio regulador. Sin embargo, es fundamental seguir los procedimientos legales establecidos para evitar problemas adicionales.

  • ¿Qué opciones tengo si deseo modificar algunos aspectos del convenio regulador en lugar de anularlo por completo?

Si solo deseas modificar ciertos aspectos del convenio regulador, puedes solicitar la modificación de esas medidas específicas sin necesidad de anular todo el convenio.

  • ¿Qué aspectos específicos puedo modificar en el convenio regulador sin necesidad de anularlo?

En principio, puedes solicitar la modificación de cualquier aspecto del convenio regulador que sea necesario debido a cambios significativos en las circunstancias. Esto podría incluir aspectos como la pensión alimenticia, la custodia de los hijos o el régimen de visitas.

  • ¿Necesitaré contratar un abogado para llevar a cabo la anulación o modificación del convenio regulador?

Es altamente recomendable contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho de familia para llevar a cabo estos procedimientos legales complejos y asegurarse de que se protejan adecuadamente los derechos e intereses de ambas partes.

  • ¿Cuáles son los costos asociados con la anulación o modificación del convenio regulador?

Los costos pueden variar según el abogado contratado y las circunstancias del caso. Incluirán los honorarios legales y las tasas judiciales.

  • ¿Debo justificar los motivos por los que me arrepentí de haber firmado el convenio regulador?

Sí, será necesario justificar los motivos para solicitar la modificación del convenio regulador. Debes presentar argumentos válidos y documentación que respalde tu petición.

  • ¿Qué ocurre si ambas partes están de acuerdo en anular el convenio regulador?

Si ambas partes están de acuerdo en modificar o anular el convenio regulador, el proceso puede ser más sencillo y se facilitará la aprobación de las nuevas medidas por parte del tribunal.

  • ¿En qué tribunal debo presentar la solicitud de anulación o modificación del convenio regulador?

La solicitud debe presentarse ante el mismo tribunal que aprobó inicialmente el convenio regulador. Si tienes dudas sobre el tribunal competente, un abogado te guiará en este proceso.